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miércoles, 21 de agosto de 2019
JCE DC DOMINICANA VULNERA EL DERECHO DE LOS DOMINICANOS EN EL EXTERIOR DE ELEGIR Y SER ELEGIDO
JCE vulnera derecho de dominicanos en el exterior de elegir y ser elegido
Por Adriano Espaillat
En los años 70 y 80 del siglo pasado, los dominicanos que deseaban participar en el proceso político de su país escogiendo a sus autoridades en los niveles Presidencial, Legislativo y Municipal, se veían obligados a tomar un avión y viajar a la República Dominicana para poder ejercer su derecho al voto.
Incluso, partidos políticos fletaban aviones para trasladar al país a sus electores.
Con los años, y gracias a las demandas y luchas de la comunidad y a la visión de líderes como José Francisco Peña Gómez y Leonel Fernández, los dominicanos que residen fuera del país adquirieron su derecho constitucional de elegir y ser elegidos desde el exterior, tal como lo establece el Artículo 22 de la Carta Magna.
Sin embargo, la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de no realizar primarias en el exterior para elegir a los candidatos a diputado de ultramar y a los candidatos a la Presidencia de la República de cada partido político, no solo vulnera e irrespeta el derecho a elegir y ser elegido de los dominicanos que residen en el exterior, consignado en la Constitución de la República Dominicana, sino que le quita a una comunidad de más de 2 millones de dominicanos sus derechos adquirido.
El Artículo 18 de la Constitución de la República Dominicana, establece en su párrafo único lo siguiente: “Los poderes públicos aplicarán políticas especiales para conservar y fortalecer los vínculos de la Nación Dominicana con sus nacionales en el exterior, con la meta esencial de lograr mayor integración”.
Nos preguntamos: ¿acaso la medida de la JCE no vulnera el Artículo 18 al establecer una política que lleva a la comunidad al retroceso en términos electorales, obligándola a escoger candidatos señalados por el dedo y no por voto popular?
Todo apunta a que la única esperanza que tienen los dominicanos del exterior de que se les reconozcan sus derechos está en el Tribunal Superior Electoral, un organismo superior que ha sido independiente y receptivo con las demandas de la comunidad del exterior.
La Fundación de Defensa de los Dominicanos en Norteamérica (FDDN), presidida por el diputado de ultramar Alfredo Rodríguez, sometió ante el Tribunal Superior Electoral una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 35 del Reglamento para la Aplicación de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos sobre la celebración de primarias simultáneas en el año 2019, dictado por la JCE en fecha 12 de diciembre de 2018.
Este artículo establece que, para el caso de las candidaturas de los representantes de la comunidad dominicana en el exterior, los partidos políticos deberán definir en sus estatutos los mecanismos que determinen la elección de los mismos desde el territorio nacional, a partir de las decisiones internas que se adopten para tales fines.
Esta medida coarta el derecho de la diáspora dominicana de elegir a sus candidatos congresuales y presidenciales.
Confiamos en que el Tribunal Superior Electoral revisará, con carácter de urgente, este tema, y se pronunciará con suficiente tiempo para que la JCE electoral pueda organizar las primarias en el exterior.
Es lo justo. Los dominicanos del exterior no merecen menos de ahí.