sábado, 30 de mayo de 2020

PROTOCOLO DE LA JCE PARA CELEBRAR ELECCIONES EN TIEMPO DEL COVID-19: "DIEZ MEDIDAS " APROBADAS POR LA JUNTA CENTRAL ELECTORAL Y QUE DEBARAN APLICARSE EN LAS ELECCIONES DEL 5 DE JULIO EN TODO EL PAIS Y EN EL EXTERIOR


Las diez medidas aprobada por la JCE y que deberán aplicarse en las elecciones del 5 de julio



1. Los Recintos Electorales serán desinfectados y para ello la Junta Central Electoral, solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, los propietarios y administradores de los recintos.

2. Antes de entrar a los recintos, los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral, los observadores de escrutinio y escáner, así como todo el personal de la Junta Central Electoral, deberán desinfectar sus manos con el uso de alcohol dispuesto por la institución para tales fines. Igual práctica se seguirá con todos los electores que se presenten a votar.

3. Al momento de la instalación, los funcionarios del colegio electoral, guardando el distanciamiento establecido, en presencia de los delegados políticos que allí estuvieren, extraerán de la valija el kit de higienización a los fines de disponer de las mascarillas, guantes, gel antibacterial y toallas húmedas antibacteriales.

4. Las toallas húmedas antibacteriales se utilizarán para la limpieza de las mesas de trabajo, superficies y las sillas, además de mantenerlas en poder del presidente para la limpieza de los marcadores, en la medida que sean utilizados por los electores.

También serán usadas en la desinfección de los scaners de transmisión de resultados.

5. Todos los funcionarios de los colegios electorales, los delegados políticos, los miembros de la Policía Militar Electoral y todo el personal de la Junta Central Electoral deberán utilizar durante la jornada electoral mascarillas y guantes en el ejercicio de sus funciones.

6. Los electores entrarán a los recintos organizados en sus respectivas filas, provistos de mascarillas y guardando una distancia de dos (2) metros, entre unos y otros.

Los facilitadores de recintos y los segundos vocales de cada colegio, guardando el distanciamiento social, organizarán las filas en los espacios abiertos del recinto o en la entrada de estos, auxiliados por la Policía Militar Electoral, para evitar la aglomeración de personas en la entrada de cada colegio electoral.

7. Los votantes entrarán al local de votación uno por uno, respetando las medidas de distanciamiento dispuestas por las autoridades de salud.

Al recibir la cédula de identidad y electoral, la cual será desinfectada, el primer vocal los buscará en el padrón y le comunicará al presidente que el elector se encuentra hábil para votar.

  Se les entregarán las 3 boletas y el marcador previamente desinfectado. Se dirigirán a las casetas, marcarán las boletas y las depositarán en las respectivas urnas. Posteriormente, firmarán el padrón en señal de que concurrieron y votaron.

 Acto seguido, se les entintará el dedo con la sustancia destinada para esos fines y se les devolverá su cédula y de inmediato se retirarán del recinto.

8. Será responsabilidad de los facilitadores y de la Policía Militar Electoral mantener los recintos descongestionados y sin la presencia de electores que ya ejercieron el voto, o de cualquier ciudadano que no esté realizando funciones como miembro de un colegio electoral o funcionario dentro del recinto.

9. Durante las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, el personal actuante deberá utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados (mascarillas, guantes y gel antibacterial) y mantener la distancia establecida.

10. En relación con el Voto de los Dominicanos en el Exterior estas regulaciones se adaptarán a las normas establecidas por cada Estado receptor.

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